Se tiene derecho a una ayuda de subsistencia con arreglo al capítulo 3 de la parte XII del Código Social (SGB XII) si no se pueden cubrir los medios de subsistencia necesarios ni con los propios recursos (ingresos y patrimonio) y fuerzas (utilización del trabajo) ni con la ayuda de terceros.
Los derechos a prestaciones en virtud de la Ley de Prestaciones de los Solicitantes de Asilo o del Código de la Seguridad Social, parte II, tienen prioridad y excluyen la ayuda para gastos de subsistencia en virtud del SGB XII.
Se concede con carácter temporal o por un período más largo, en función de la duración de la dificultad personal del beneficiario. La cuantía de la ayuda para gastos de manutención también depende de lo que requiera cada caso (necesidad). La ayuda se concede en forma de prestaciones monetarias y no monetarias, así como de asesoramiento personal.
Documentos
Deberán presentarse los siguientes documentos
Documento de identidad / pasaporte
Confirmación del registro policial actual (deben figurar todas las personas de la unidad familiar)
Contrato de arrendamiento / contrato de subarrendamiento / certificado del importe actual del alquiler
Última factura de servicios públicos
Última factura de calefacción / factura ESWE
Certificados de pensión para todas las prestaciones de pensión / notificación inicial del AVL o prueba de que no se tiene derecho a pensión, información sobre la última pensión
Datos bancarios y extractos de cuenta de los tres últimos meses
Justificante de seguro de enfermedad o justificante de solicitud de seguro de enfermedad voluntario
(si está disponible) notificación de empleo SGB II
(si está disponible) Tarjeta de discapacitado grave
(si está disponible) Notificación de concesión de subsidio de vivienda
(si está disponible) Libretas de ahorro
(si está disponible) Permiso de conducir
(si está disponible) Pólizas de seguro de vida y de otros seguros
Nota
La responsabilidad de tramitar el expediente depende del lugar de residencia del solicitante. Puede consultarse en la hoja informativa "Ubicaciones de la asistencia social de distrito".